DOUE 2 de junio de 2011

REGLAMENTOS

*
Reglamento de Ejecución (UE) no 536/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, por el que se modifican las entradas relativas a Sudáfrica de las listas de terceros países o partes de los mismos del anexo II de la Decisión 2007/777/CE y del anexo I del Reglamento (CE) no 798/2008 (1)
1

*
Reglamento (UE) no 537/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, sobre el mecanismo de asignación de las cantidades de sustancias reguladas que se autorizan para usos de laboratorio y análisis en la Unión de conformidad con el Reglamento (CE) no 1005/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono
4

*
Reglamento (UE) no 538/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, que modifica el Reglamento (CE) no 607/2009 por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 479/2008 del Consejo en lo que atañe a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, los términos tradicionales, el etiquetado y la presentación de determinados productos vitivinícolas
6

Reglamento de Ejecución (UE) no 539/2011 de la Comisión, de 1 de junio de 2011, por el que se establecen valores de importación a tanto alzado para la determinación del precio de entrada de determinadas frutas y hortalizas
13

DIRECTIVAS

*
Directiva 2011/63/UE de la Comisión, de 1 de junio de 2011, que modifica, con vistas a su adaptación al progreso técnico, la Directiva 98/70/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la calidad de la gasolina y el gasóleo
15

DECISIONES

2011/326/UE

*
Decisión de Ejecución del Consejo, de 30 de mayo de 2011, por la que se modifica la Decisión de Ejecución 2011/77/UE sobre la concesión por la Unión de ayuda financiera a Irlanda
17

2011/327/UE

*
Decisión de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, de 1 de junio de 2011, sobre el tratamiento de los documentos de las misiones civiles de gestión de crisis y las operaciones militares de la UE y por la que se deroga la Decisión 2008/836
20